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///dil, 26 de noviembre de 1979.-

                 DECRETO-ORDENANZA N. 2530/79

                 IV URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS-
                   Ordenamiento Territorial

                       SECCION CUARTA

                   URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS
                   1. Ordenamiento Territorial

DELIMITACION PRELIMINAR DE AREAS
Primera etapa :      PLAN REGULADOR DE TANDIL


Artículo  1.- Establecese que el Partido de Tandil, en el que---
------------- se  encuentra incluida  la ciudad  de Tandil,  las
localidades de  Cerro Leones,  María Ignacia  y  Gardey,  estará
subdividida en Areas: Urbana, Complementaria y Rural.-----------

(+)
Artículo  2.- Considerase Area Urbana de la ciudad de Tandil,
------------- a la comprendida por:
-Circunscripción I, Sección A: la totalidad de las manzanas,
-Circunscripción I, Sección B: la totalidad de las manzanas,ex-
cluyendo quinta 12, fracción III y IV quinta 24.
-Circunscripción I, Sección C: la totalidad de las manzanas,ex-
cluyendo quinta 122, 126, fracción III, IV, V, VIII, IX, X y XI,
131 fracción I, II, 132, 135.
-Circunscripción I,  Sección D: Chacras 44 a 50, 80 fracción I y
manzanas r, s, v, 63 a 69, 81, manzanas j,k,ma,mb,p,r,s,t,u 82 a
88.
-Circunscripción I, Sección E: Chacras 98 a 106, 113, 115 a 120,
126 excluyendo las manzanas d,m,s y parte de las manzanas e,i,n,
127 a  131 bis,  134 excluyendo las manzanas a,e,i,n, 135 a 139,
144 a  145, 146  parcela Barrio  de Oficiales;  147 la totalidad
excluyendo la  fracción II,  148 y  156, 152 y 153 incluyendo la
parcela del Parque del Lago Artificial, 167, 169,181 parcela 1a
(futuro Barrio Obrero).-----------------------------------------

Artículo  3.- Considerase Area Urbana de la localidad de Cerro
------------- Leones a la comprendida por:
-Circunscripción I,  Sección F  :Chacras 210 y 211, la totalidad
de las manzanas 192, manzanas i,j,k,n,p,r.----------------------

Artículo  4.- Considerase Area Urbana de la localidad de Maria
------------- Ignacia a la comprendida por:
-Circunscripción VI, Sección D: La totalidad de las manzanas.---

Artículo  5.- Considerase Area Urbana de la localidad de Gardey
------------- a la comprendida por:
-Circunscripción VI, Sección A: La totalidad de las manzanas.---

Artículo  6.- Considerase Area Complementaria de la ciudad de---
------------- Tandil, a la comprendida por:
(+) ampliada por Decreto-Ordenanza 2668/80
-Circunscripción I,  Sección D:  Chacras 5 a 17, 24 a 36,39,40,-
Fracción de  15 ha,,  11 a,  12 ca.; 43,51,52,53,54,55,58,59, 59
fracciones amanzanadas;  61 fracciones amanzanadas; 62, 70 a 74,
77 a 79, 80 excluyendo fracciones II, 81 fracción I, 89 a 93.

-Circunscripción I, Sección E: Chacras 95 a 97; 107 a 108, 112
a 114,121, 126 excluyendo las manzanas j,p,t,r,u,v y parte las
manzanas b,c,d,f,g,h,j,k,m,p,r,s,; 140 a 143; 146 parcela r, 147
fracción II,  149 a  151, 154 y 155, 162 a 166, 168 y 170, 176 a
180, 181 fracciones III y IV , 182 a 185.

-Circunscripción I, Sección F: Chacras 192 parcelas 1,2,3,193 a
202, 203 fracciones I y II, 212 a 218, 231 a 237, se excluyen de
esta Area.

-Circunscripción I, Sección C; Quinta 126 fracciones III,IV,V
VIII, IX, X y XI, 122, 131 fracciones I y II, 132 y 135.

-Circunscripción I, Sección B : Quinta 12 fracciones III y IV;
24.-------------------------------------------------------------

Artículo  7.- Considerase Area  Complementaria de  la Localidad-
------------- de Maria Ignacia a la comprendida por:
-Circunscripción  VI, Seccion E: la totalidad de las quintas,ex-
cluyendo las fracciones de quintas 39,40,41,42,43,44,45 y 46 in-
corporadas en Area Urbana.--------------------------------------
-

Artículo  8.- Considerase Area Complementaria de las localidad
------------- de Gardey a la comprendida por:
-Circunscripción VI, Sección B: la totalidad de las quintas.----

Artículo  9.- Considérase Zona Industrial del Partido de Tandil
------------- a la comprendida por:
a) ZONA 1:
-Circunscripción VI, Sección C: Parcela 1091, fracciones I,II,
III,IV, y V (Parque Industrial).
-Circunscripción X, Sección B: Fracción de 66 ha.delimitada por
las Rutas Nacional 226 y Provincial 30, parcela 1091 fracciones
IV y V, parcela 1100 d. y 1100 c.

b) ZONA 2:
-Circunscripción X, Sección C: la totalidad de la parcela 1091
excluyendo las fracciones I,II,III,IV y V, parcela 1089 manza-
nas 1 y ao.

c) ZONA 3:
-Circunscripción X, Sección B: parcelas 1090a., 1090e.,1090f.,
1090c., 1090d., 1100j., 1100k., 1100ab., ac,ad,ae,af,ag,ah,ai,
aj,ak,am,an,ap,ar,as,at,au,av,aw,ax,ay,az, parcela 1100 ba.,bb
,bc,bd,be,bf,bg,bh,bi,bj,bk,bm,bn.

d) ZONA 4:
-Circunscripción X, Sección A: parte de las parcelas 1100 d y
1100 c.

IV URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS- Ordenamiento Territorial
-------------------------------------------------------

Artículo 10.- Considerase Area Rural al resto de la superficie
------------- del  Partido, excluyendo  las Areas Urbanas y Com-
plementaria y  Zona Industrial  enunciadas en los Artículos 2 al
9.------------------------------------------------------------

Artículo 11.- En el Area Urbana de la ciudad de Tandil, determi-
------------- nan las siguientes Zonas:
-Comerciales : C1, C2, C3, C4.
-Residenciales: R1, R2, R3, R4, R5, R6.
-Residencial Mixta: RM.
-Complementaria de Ruta: CR.
-De Usos Específicos: UE.
-Parques Urbanos: PU.

Artículo 12.- En el Area Complementaria de la ciudad de Tandil
------------- se determinan las siguientes Zonas :
-Residencial Extraurbano: Re.
-De usos Específicos : UE. -

Artículo 13.- En el Area Rural de la Ciudad de Tandil, se de-
------------- terminan las siguientes Zonas:
-Residencial Extraurbana: Re.
-Parque Comercial: PC. -

Artículo 14.- ZONA C1 (Comercial 1):
-------------
a) DELIMITACION: Comprendera las siguientes calles y sus fren-
tistas: Gral.  J.M. Paz,  desde la  intersección con  la avenida
España hasta  la calle Gral.Pinto, por esta hasta la calle Gral.
Rodríguez, por  esta hasta la avenida España y por esta hasta la
calle Gral.paz.  Se excluyen  de esta  zona los frentistas de la
avenida España.

b) USOS: Predominante: Administrativo, Institucional, Comer-
cial, Cultural y Educacional.
Complementario : Residencial Multifamiliar, Hotelero.
Prohibido : Industrial, Talleres, Depósitos(en todos sus tipos).

c) DENSIDAD NETA: Total máxima: 1000 hab/ha. Residencial máxima:
700 hab/ha.  Se entenderá  que  para  edificios  de  uso  mixto-
(residencial-comercio) se  admitira una  densidad mínima  de 300
hab/ha. destinada  a uso  no comercial,  computada  esta  de  la
densidad total máxima prevista para la Zona.

d) DIMENSIONES  MINIMAS DE  PARCELAS: Ancho: 25 metros, Superfi-
cie: 750 m2.

e) VOLUMEN EDIFICATORIO : Para densidad : 1000 hab.ha.: F.O.T.
2.8 F.O.S.: 0.6
Para densidad : 700 hab/ha.: F.O.T.: 2.5 F.O.S.: 0.6

IV - URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS - Ordenamiento Territorial
----------------------------------------------------------

f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Alumbrado
Publico, Pavimento, Energía Eléctrica domiciliaria.------------

Artículo 15.- ZONA C2 (Comercial 2)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  siguientes calles y sus fren-
tistas: Avda.  Santamarina desde  la intersección con la avenida
España, avenida  Marconi hasta la calle Chacabuco, por esta has-
ta la  avenida España y por esta hasta la avenida Marconi y ave-
nida Santamarina.  Se excluyen  de esta Zona los frentistas a la
avenida España y la Zona C1 enunciada en el Artículo 14.

b) USOS: Predominante: Administrativo, Institucional , Comer-
cial en sus tres escalas, Cultural y Educacional.
Complementario : Residencial Multifamiliar y Hotelero.
Prohibido : Industrial,Talleres, Depósitos (en todos sus tipos).

c)DENSIDAD NETA:  Total máxima:  600 hab/ha.  Residencial máxima
400 hab/ha.  Se entenderá  que para  edificios de uso mixto (re-
sidencia-comercio) se  admitira una  densidad mínima de 200 hab/
ha. destinada  a uso  no residencial,  computada esta de la den-
sidad total máxima prevista para la Zona.

d) DIMENSIONES  MINIMAS DE PARCELAS: Ancho: 20 metros y Superfi-
cie: 600 m2.

e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T. 2.5 y F.O.S. 0.6

f) SERVICIOS  ESENCIALES: Agua  Corriente, Red Cloacal, Pavimen-
to,Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.-----------

Artículo 16.- ZONA C3 (Comercial 3)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera  las  siguientes  calles:  Avenida
España y  continuación avenida Marconi desde la intersección con
la avenida  Rivadavia hasta  la avenida  Juan  D.  Buzón  y  sus
frentistas: Avda.  Colon desde  la intersección  con la  avenida
España y  Marconi hasta la calle Machado y sus frentistas. Avda.
Buzón desde  la intersección  con la  avenida Marconi  hasta  la
calle Maipu  por esta  y continuando  a calle  Caseros hasta  la
calle Venezuela,  por esta  hasta la avenida Comandante Espora y
por esta  hasta su  encuentro con  la avenida  Juan D. Buzón. Se
incluyen ambos  frentistas de  la avenida  Juan D.  Buzón, Avda.
Quintana desde  su intersección con calle Vigil hasta calle J.J.
Urquiza, se  incluyen ambos  frentistas,calle Ameghino desde su
intersección con  calle Quintana  hasta calle R. Saenz Peña, por
esta hasta  la calle Pasteur y por esta hasta calle Quintana. Se
incluyen ambos frentistas.

IV - URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS - Ordenamiento Territorial
-----------------------------------------------------------

b) USOS: Predominantes: Institucional, Comercial, Oficinas, Cul-
tural, y Educacional.
Complementario: Residencial Multifamiliar, Hotelero y Amenidades
y Servicios.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos(en todos sus tipos).
c) DENSIDAD NETA: Total máxima: 350 hab/ha. Residencial máxima:
250 hab/ha.  Se en  tendera que para edificios de uso mixto (re-
sidencial-comercio) se  admitira una densidad mínima de 100 hab/
ha. destinada  a uso  no residencial,  computada esta de la den-
sidad máxima total prevista para la Zona.

d) DIMENSIONES MINIMAS DE PARCELAS: Ancho: 15 metros. Superfi-
cie: 375 m2.

e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 1.9 y F.O.S.:0.6

f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua corriente, Red cloacal, Pavimen-
to, Alumbrado Publico y Energía Eléctrica domiciliaria.

g) En  sectores que  cuentan con  un servicio  (agua corriente o
cloacas)  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad máxima:  150hab/ha. F.O.T.:0.9  Y F.O.S.:  0.6.  Dimen-
siones mínimas de parcelas: Ancho 15 metros. Superficie:375 m2.

h) En  sectores que  no cuenten con servicio de agua corriente y
cloacas,  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad neta  máxima: la resultante de una vivienda unifamiliar
por parcela  compatible con la conformación del núcleo familiar:
F.O.T.: 0.6  y F.O.S. 0.6 Dimensiones mínimas de parcelas: Ancho
20 metros. Superficie : 600 m2.
En el  momento que se materialice la extensión de la red de ser-
vicios, la  densidad neta  potencial  establecida  (350  hab/ha)
pasara a ser la densidad de aplicación.-------------------------

Artículo 17.- ZONA C4 (Comercial 4):
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera  las  siguientes  calles:  Rosales
desde su  intersección con  la calle  Portugal  hasta  la  calle
Tierra del  Fuego, por esta hasta la calle Darragueira, por esta
hasta la  calle Tierra del Fuego hasta su encuentro con la calle
Rosales, se  incluyen ambos  frentistas. Calle Darragueira desde
su intersección  con la  calle Peyrel  hasta la calle Dr. Miguel
Basilico, se  incluyen ambos  frentistas. Calle  Las Animas y su
intersección con  la calle La Pastora hasta la calle Azucena por
esta hasta  la calle  Vela, por  esta hasta  la calle La Pastora
hasta su  encuentro con  la calle  Las Animas,  se incluyen  los
frentistas de la calle La Pastora.


IV - URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS - Ordenamiento Territorial
----------------------------------------------------------

b) USOS: Predominante: Comercial en sus tres escalas, Institu-
cional, Oficinas, Educacional, Cultural.
Complementario: Residencial Unifamiliar, Equipamiento Sanitario,
Amenidades y Servicios.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos (en todos sus tipos).
c) DENSIDAD NETA: 150 hab/ha.

d) DIMENSIONES MINIMAS DE PARCELAS: Ancho: 12 metros. Superficie
300 m2.

e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 1.3 y F.O.S.: 0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.

g) En  sectores que  cuentan con  un servicio  (agua corriente o
cloacas)  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad neta  máxima :  150 hab/ha.  F.O.T.: 0.9  y F.O.S.: 0.6
Dimensiones mínimas  de parcelas: Ancho : 12 metros. Superficie:
300 m2.

h) En  sectores que  no cuenten con servicio de agua corriente o
cloacas,  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad neta  máxima: la resultante de una vivienda unifamiliar
por parcela, compatible con la conformación del núcleo familiar.
F.O.T. 0.6 y  F.O.S. :0.6 Dimensiones mínimas de parcelas: Ancho
20 metros. Superficie: 600 m2.
En el  momento que  se materialice  la extensión  de la  red  de
servicios, la  densidad neta potencial establecida (150 hab/ha.)
pasara a ser la densidad de aplicación.-------------------------

Artículo 18.- ZONA R1 (Residencial 1)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  siguientes calles: Avda.Colon
desde su  intersección con la avenida España hasta la avenida A.
del Valle,  por esta  hasta avenida Rivadavia, por esta hasta la
avenida España  y por esta su encuentro con la avenida Colon. Se
excluyen de esta Zona las parcelas frentistas a la avenida Colon
y a la avenida España. Avenida Santamarina desde su intersección
con la avenida Avellaneda hasta calle Gral. Belgrano, por esta a
calle Chacabuco,  por esta  hasta la  avenida España,  por  esta
hasta la Avenida Rivadavia, por esta hasta la avenida Avellaneda
y por  esta hasta  la avenida  Avellaneda y  por esta  hasta  su
encuentro con  la avenida  Santamarina. Se excluyen las parcelas
frentistas de  las siguientes  calles  y  avenida:  calle  Gral.
Belgrano, Chacabuco  y Avda.  España. Se  excluyen en  esta Zona
ambos frentistas  sobre la  avenida Santamarina desde la avenida
Avellaneda hasta la calle Gral. Belgrano.

b)  USOS:   Predominante:  Residencia  Unifamiliar,  Residencial
Multifamiliar,  Educacional,  Cultura,  Equipamiento  sanitario,
Hotelero.


IV - URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS - Ordenamiento Territorial
----------------------------------------------------------

Complementario: Comercial.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos (en todos sus tipos)
c) DENSIDAD NETA: 400 hab/ha.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE  PARCELAS: Ancho: 15 metros. Superfi-
cie: 375 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 1.6 - F.O.S. :0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimen-
to, Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.
g) En  sectores que  cuentan con  un servicio  (agua corriente o
cloacas)  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad Neto  Máxima: 150  hab/ha. F.O.T.:  0.9 -  F.O.S.:  0.6
Dimensiones mínimas  de parcela:  Ancho: 15  metros. Superficie:375 m2.

h) En  sectores que  no cuentan con servicio de agua corriente y
cloacas,  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad Neta  Máxima: la resultante de una vivienda unifamiliar
por parcela  compatible con  la conformación del núcleo familiar
F.O.T.: 0.6  - F.O.S.:  0.6  Dimensiones  mínimas  de  parcelas:
Ancho: 20 metros. Superficie: 600 m2.
En el  momento en  que se  materialice la extensión de la red de
servicios, la  densidad neta  potencial establecida (400 hab/ha)
pasara a  ser la  densidad de aplicación. ZONA R1b. (Residencial
1b.) ver Decreto 3921/81.---------------------------------------

Artículo 19.- ZONA R2. (Residencial 2)
-------------
a) DELIMITACION: Comprendera las siguientes calles: Avda. Ave-
llaneda desde su intersección con la avenida Santamarina hasta
la avenida  Juan D. Buzón, por esta hasta la avenida Marconi,por
esta hasta  la avenida  Santamarina y por esta hasta la ave-nida
Avellaneda.  Se   excluyen  las  parcelas  frentitas  sobre  las
siguientes avenidas  : Avda.  Juan D.  Buzón desde  calle  Maipu
hasta avenida Marconi. Avda. Marconi desde avenida Juan D. Buzón
hasta  avenida  Santamarina.  Avda.  Santamarina  desde  avenida
Marconi hasta avenida Avellaneda.

b)  USOS:  Predominante:  Residencial  Unifamiliar,  Residencial
Multifamiliar, Educacional,  Cultural,  Equipamiento  Sanitario,
Hotelero.
Complementario: Comercial.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos.
c) DENSIDAD NETA: 300 Hab/ha.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE PARCELAS: Ancho : 15 metros. Superfi-
cie: 375 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 1.3 - F.O.S. : 0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.
g) En  sectores que  cuentan con  un servicio  (agua corriente o
cloacas)  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad Neta  Máxima :  150 hab/ha.  F.O.T.: 0.90 - F.O.S.: 0.6
Dimensiones mínimas  de parcelas:  Ancho: 12  metros. Superficie
300 m2.

h) En  sectores que  no cuenten con servicio de agua corriente y
cloacas,  los  indicadores  urbanísticos  de  aplicación  seran:
Densidad Neta  Máxima: la resultante de una vivienda unifamiliar
por parcela,  compatible con la conformación del núcleo familiar
F.O.T.: 0.6  - F.O.S.  :0.6  Dimensiones  mínimas  de  parcelas:
Ancho: 20 metros. Superficie: 600 m2.
En el  momento en  que se  materialice la extensión de la red de
servicios, la  densidad establecida (200 hab/ha) pasara a ser la
densidad de aplicación.-----------------------------------------

Artículo 21.- ZONA R4 (Residencial 4)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  siguientes calles: La Pesque-
ria desde  su intersección  con la  calle Larrea  hasta la calle
Pozos, por  esta hasta avenida Brasil, por esta hasta la avenida
Avellaneda, por  esta hasta la avenida Rivadavia, por esta hasta
la Av. del Valle- Juan B. Justo, por esta hasta el limite de las
parcelas 1ra.  y 2da.,  fracción III  y IV de la Chacra 181, por
esta hasta la calle Bulewski, por esta hasta la avenida Cabildo,
por esta  hasta la  calle Artigas, por esta hasta la calle 12 de
Octubre, por  esta hasta  la avenida  Estrada, por esta hasta la
avenida de  Circunvalación, por  esta hasta  la calle Uspallata,
por esta  a la  calle De los Granaderos, por esta hasta la calle
Lima, por  esta hasta  la prolongación  de la avenida Don Bosco,
por esta  hasta la avenida de Circunvalacion del Parque del Lago
Artificial incluyendo  las parcelas  1a. y 2a. de la chacra 157,
Circ.I Sección  E, por esta hasta la calle Santos Vega, por esta
hasta la  calle Fulg,  por esta hasta la calle Tacuari, por esta
hasta la  calle Larrea  y por esta hasta y prolongación hasta la
calle La Pesquería.

b) USOS:  Predominante:  Residencial  Unifamiliar,  Educacional,
Cultural.
Complementario: Comercial, Hotelero.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos.
c) DENSIDAD NETA: 150 Hab/ha.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE PARCELAS: Ancho : 12 metros. Superfi-
cie: 300 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.7 - F.O.S. : 0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.
g) En sectores que no cuenten con servicio de agua corriente
y cloacas,  los indicadores  urbanísticos de  aplicación  seran:
Densidad Neta:  la resultante  de una  vivienda unifamiliar  por
parcela, compatible  con la  conformación del  núcleo  familiar:
F.O.T.: 0.6  - F.O.S.:  0.6  Dimensiones  mínimas  de  parcelas:
ANcho: 20  metros. Superficie:  600 m2.  En el momento en que se
materialice la  extensión de  la red  de servicios,  la densidad
neta  potencial  (150  hab/ha)  pasara  a  ser  la  densidad  de
aplicacion.-----------------------------------------------------

Artículo 22.- ZONA R5 (Residencial 5)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  siguientes calles:  Colectora
Sur de la Ruta Nacional 226 y su intersección con la calle Pozos
hasta  la  calle  Dante  Alighieri,  por  esta  hasta  la  calle
Beiro,por esta  hasta la  calle Pujol,  por esta  hasta la inter
Sección con las vías del ferrocarril bordeando la traza original
de las  mismas hasta  la avenida A. del Valle, por esta hasta la
avenida Juan  D.Buzon, por esta hasta la avenida Cte.Espora, por
esta hasta  la calle Venezuela, por esta hasta la calle Caseros,
por esta  hasta la  avenida Juan  D. Buzón  y  su  continuación,
avenida Brasil,  hasta la  calle  Pozos  y  por  esta  hasta  la
Colectora Sur  de la Ruta Nacional 226. Se excluyen de esta Zona
los lotes  frentistas a  la Colectora  Sur, como  así también la
Zona  C3  enunciada  en  el  Artículo  16  y  la  Zona  de  Usos
Específicos enunciada  en el  Artículo 27.Chacras:  126 manzanas
j,p,t,u,v parte  de las  manzanas e,i,n,  127  y  128;  manzanas
b,c,d,f,g,h,i,j,m,p,r,s; 135  y 136;  144; 145;152  y 153; de la
Sección E. Circunscripción I. Se incluyen la fracción del Parque
de la Piedra Movediza, como así también la fracción de la Chacra
146, Sección  E. Circunscripción  I ocupada  por  el  Barrio  de
Oficiales. Se  excluye de  esta Zona  la Zona C4 enunciada en el
Artículo 17.

b) USOS: Predominante: Residencial, Unifamiliar, Educacional,
Cultural.
Complementario: Comercial. minorista y Mayorista
(con Depósitos) talleres menores.
Prohibido: Industrial.
c) DENSIDAD NETA: 120 hab/ha.o la resultante de una vivienda
unifamiliar por  parcela  compatible  con  la  conformación  del
núcleo familiar.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE  PARCELAS: Ancho: 12 metros. Superfi-
cie: 300 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.6 - F.O.S. : 0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.
g) En sectores que no cuenten con servicio de agua corriente
y cloacas, las dimensiones mínimas de parcelas seran: Ancho:
20 metros. Superficie: 600 m2. --------------------------------

Artículo 23.- ZONA R6 (Residencial 6):
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  siguientes calles:  Colectora
Norte de la Ruta Nacional 226 desde su intersección con la calle
C- Pedersen  hasta la calle Lavalle, por esta hasta su encuentro
con la  Colectora Norte  de la Ruta Nacional 226. Se excluyen de
esta Zona  las parcelas  frentistas a  la Colectora  Norte de la
Ruta Nacional  226, la Zona C4 enunciada en el Artículo 17 y las
Zonas de Usos Específicos enunciada en elArtículo 27.
    
b) USOS: Predominante: Residencial Unifamiliar, Educacional.
Complementario: Comercial, Equipamientos Sanitarios.
Prohibido: Industrial, Talleres, Depósitos.
c) DENSIDAD NETA:  60 hab/ha. o la resultante de una vivienda
unifamiliar por  parcela, compatible  con  la  conformación  del
núcleo familiar.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE  PARCELAS: Ancho: 12 metros. Superfi-
cie: 600 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.5 - F.O.S.: 0.5
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.--------------

Artículo 24.- ZONA RM (Residencial Mixta):
-------------
a) DELIMITACION: Comprendera a las siguientes calles: avenida A.
del Valle  desde su  intersección con  las vías  del ferrocarril
hasta la  avenida Juan B. Justo, por esta hasta la calle C. Juan
Aguilera, por esta hasta la calle Jujuy, por esta hasta la calle
Intendente Jose  E. Lunghi,  por esta  hasta el encuentro con el
ramal del  ferrocarril, limitando  este los rumbos N.O.N. y N.E.
en su  recorrido hasta  la intersección  con la  avenida A.  del
Valle.

b) USOS: Predominante: Residencial Unifamiliar, Educacional.
Complementario: Pequeña  Industria inocua Fabricaciones menores,
Depósitos, Talleres menores.
Prohibido: Mediana y Gran Industria.
c) DENSIDAD  NETA: 120  hab/ha. o  la resultante de una vivienda
unifamiliar por  parcela, compatible  con  la  conformación  del
núcleo familiar.
d) DIMENSIONES MINIMAS DE PARCELAS: Ancho : 12 metros. Super-
ficie: 300 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.6 - F.O.S.: 0.6
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico, Energía Eléctrica domiciliaria.
g) En  sectores que  no cuenten con servicio de agua corriente y
cloacas, las  dimensiones mínimas  de parcelas seran: Ancho : 12
metros. Superficie: 600 m2. ------------------------------------

Artículo 25.- ZONA CR (Complementaria de ruta)
-------------
a) DELIMITACION:  Comprendera las  parcelas  frentistas  de  las
Colectoras Norte  y Sur  de la  Ruta Nacional 226 desde su inter
Sección con  la calle C.Pedersen hasta la calle Dante Alighieri.
Se excluyen las manzanas: t,u,v, de la Chacra 80, Secc. D, Circ.
I y manzanas j,k,ma,p de la Chacra 81, Secc. D., Circ.I.

b) USOS:  Predominante: Estaciones de Servicio, Gomerias, playas
de Estacionamiento, Restaurantes, Bares, todo uso complementario
de la circulación vehicular.
Complementario: Vivienda unifamiliar en relación direc-
ta con el uso predominante.
Prohibido: Industrial, Talleres, Almacenaje.
c) DENSIDAD  NETA: 60  Hab.ha. o  la resultante  de una vivienda
unifamiliar por  parcela, compatible  con  la  conformación  del
núcleo familiar.
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE  PARCELAS: Ancho: 12 metros. Superfi-
cie: 600 m2.
e) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.5 - F.O.S. :0.5
f) SERVICIOS ESENCIALES: Agua Corriente, Red Cloacal, Pavimento,
Alumbrado Publico,  Energía Eléctrica  domiciliaria. Considerese
incluidas dentro del distrito Residencial 5(R5) a las unidades y
bloques rodeadas  de calles  ubicadas según catastro en la Circ.
I, Secc.  E Chacra  147, Fracción 1 y manzanas 147a, 147b, 147c,
147g, 147h,  147k, 147p, 147y, 147z y 147ad. con los indicadores
de uso y ocupación establecidos en el Artículo 22. -------------

Artículo 26.- En las áreas urbanas de Maria Ignacia (AUMI),Esta-
------------- ción  Gardey (AUEG)  y Cerro Leones (AUCL), se ob-
servaran los siguientes indicadores urbanísticos:
a) Uso Predominante: Residencial Unifamiliar.
b) Usos  Complementarios: Administración  Publica e  institucio-
nal; ambas  a escala  del núcleo  urbano,  comercial,  diario  y
periódico, cultura, educación sanidad.
c) Usos condicionantes: Los mencionados como predominante o com-
plementarios,  y los expresamente prohibidos.
d) Usos Prohibidos: Industrias y Almacenamiento de grados 4,5 y
6 y Almacenamiento de grado 3 mayores de 300 m2. de superficie
cubierta.
e) Indices de ocupación:           C/servicios      S/servicios

D.N. total                         150 hab/ha.      1 viv.p/par.
F.O.T. máximo                         0.6              0.5
F.O.S. máximo                         0.6              0.5
Ancho mínimo de parcelas             12 metros      20 metros
Superficie mínima de parcelas        300 m2.        600 m2.

Artículo 27.- Considerase Zona de Usos Específicos a la
------------- comprendida por:

Circ. I, Secc. D, Chacras 6 y 25: Educacional.
Circ. I,  Secc. D,  Chacra 43,  Manz, j,k  : Faenamiento de ani-
males.
Circ. I, Secc. D, Chacra 46, Frac. 1, 47 y 66; 65 Fracc. II:
Hipódromo.
Circ. I, Secc. D, Chacra 34, Parc. 1.a.: Comunicaciones.
Circ. I, Secc. D, Chacra 82, Parc. 1.d.: Transformación y Trans-
misión de Energía.
Circ. I, Secc. E, Chacra 100, Fracc. I: Saenamiento.
Circ. I, Secc. E, Chacra 101, Parc. 3:  Saenamiento.
Circ. I, Secc. E, Chacras 115, 129, y 137: Seguridad y Defensa.
Circ. I, Secc. E, Chacra 121, Fracc. I: Cementerio.
Circ. I, Secc. E, Chacra 226, 227, 245, 246, 247, Parc. 9:
Preservación de Flora y Fauna.
Fracción comprendida  entre las  calles avenida Machado, avenida
A. del  Valle, avenida  Juan D.  Buzón y calle Alem. Se excluyen
las manzanas 1a, 1c, 49a, 49c, :Ferrocarril.
Fracción comprendida  entre las  calles Gral. Roca, N.Avellaneda
B.Rivadavia y s/n.: Estación Ferroviaria Maria Ignacia. Fracción
comprendida sobre  calle 20 entre calles 5 y 21: Estación Ferro-
viaria Gardey.--------------------------------------------------

Artículo 28.- Considerase Parques Urbanos de la ciudad de Tandil
------------- a los siguientes:

Parque Independencia: que se halla delimitado por las siguientes
calles: Larrea hasta continuación calle San Lorenzo, por esta
hasta calle Rondeau, por esta hasta avenida Avellaneda, esquina
Diagonal Sarmiento, por esta hasta calle Larrea.
Parque del Lago Artificial: que se halla comprendido por:
Circ.I., Secc.  E., Chacras 157 incluyendo parcelas 1-a,2-a; 169
parcelas1,2-a,2-b, 3  y 4;  Fracc.  I  y  II.  Circ.I.,  Secc.C,
Quintas 81,  Manz. f,g,h,  y parte  de la  Manz. a,c,d; 92 Manz.
a,b,c,d,e, Parc.  1,2 y  3; 99  Manz. d  y parte de las Manz. a,
b,c.
MOnte Calvario:  Comprendido por  la Quinta  114, Parc.  1,  126
Fracc. II de la Circ. I Sección C.
Parque de la Piedra Movediza: Fracción de 8 Ha., 63 a., 22 ca.
de las Chacras 145, 146, 153, y 154 de la Circ. I, Secc. E.----

Artículo 29.- ZONA RE (Residencial Extraurbana)
-------------
a) DELIMITACION:  Circ. I,  Secc. D,  Chacra 14,  Manz. b,c,d,f,
g,h,j,k,m, Parc.  5 y  6; 32  y 33;  51 y  55; 72 y 73; 89 Manz.
c,d,g,h,m,n,r,s; 90 y 91 excluyendo la Fracc. IV. Circ. I, Secc.
E,    Chacras     108    excluyendo     Fracc.    II;    132,140
Manz.c,d,e,f,g,j,k,m,n,p,aa,ab,ac,u,r,s,w,x,y,z,ad,i,  Parc.  I;
150;173;177, Manz  j,k,m,n,p,q,r,s,187; 188 Fracc. III y IV 189;
190  excluyendo   la  Fracc.   I.Circ.  I,   Parc.  F.   Chacras
193,218,236,237.

b) DENSIDAD  NETA MAXIMA:  50 Hab/ha  o la resultante de una vi-
vienda unifamiliar por parcela.
c) VOLUMEN EDIFICATORIO: F.O.T.: 0.4 - F.O.S.: 0.4
d) DIMENSIONES  MINIMAS DE PARCELAS: Ancho : 30 metros. Superfi-
cie: 1.800 m2.--------------------------------------------------

Artículo 30.- Los usos existentes no especificados  como  predo-
------------- minantes  o  complementarios,  que  se  consideren
inconvenientes para  la Zona,  pero que  por constituir un hecho
existente, pueden  admitirse, quedaran incluidos en la Categoría
de Uso  Condicionado y  su existencia no posibilita la habilita-
cion o  permiso municipal  de otros  iguales o  similares a  los
existentes en la misma Zona.------------------------------------

Artículo 31.- Se consideraran Usos Predominantes, aquellas acti-
------------- vidades  a desarrollar con las máximas posibilida-
des y que contaran con el estímulo de la acción oficial.--------

Artículo 32.- Se consideraran  Usos  Complementarios,  aquellas-
------------- actividades  destinadas a  satisfacer los requeri-
mientos de los Usos Predominantes.------------------------------

Artículo 33.- Todo uso que a criterio de las Autoridades Muni-
-------------  cipales  pueda  considerarse  molesto,  nocivo  o
peligroso para  la población,  los bienes  materiales y  funcio-
nalidad del  núcleo o resulte inconveniente para su conformacion
morfológica, dentro  de  las  Areas  Urbanas,  Complementaria  y
Rural, podra ser denegado mediante Resolución fundamentada.-----

Artículo 34.- A efectos de determinar la capacidad máxima por
------------- parcela, se aplicara lo establecido en el articulo
40. de la Ley N. 8.912 y su Decreto Reglamentario N° 1.359/78.--

Artículo 35.- En todo amanzamiento y/o parcelamiento aprobado --
------------- con  anterioridad a  la Ley N. 8.912, no incluidos
en las  Areas Urbanas y Complementarias antes mencionadas, podra
construirse  la  resultante  de  una  vivienda  unifamiliar  por
parcela, compatible con la conformación del núcleo familiar:
F.O.T.: 0.4-  F.O.S.: 0.4. En ambos casos quedara prohibida toda
nueva subsdivision.---------------------------------------------

Artículo 36.- Según el Artículo 47. de la Ley N. 8.912, los in--
------------- crementos  o premios  se estableceran de acuerdo a
lo siguiente:
a) Por  ancho de  parcela a partir de diez (10) metros, el cinco
por ciento  (5%) cada dos (2) metros, hasta un incremento maximo
del veinticinco por ciento (25%) del F.O.T. Para nuevas parcelas
a partir de los anchos mínimos exigidos.

b) Por edificación separada de ejes divisorios laterales, con un
mínimo de  cuatro (4)  metros, se  incrementara el  F.O.T. en un
tres por ciento (3%) por cada metro de retiro, con un quince por
ciento (15%)  por cada  eje divisorio  como máximo, computandose
hasta un treinta por ciento (30%) en total.

c) Por  edificación retirada  voluntariamente  de  la  linea  de
construcción establecida  a razón  de tres  por ciento  (3%) por
cada metros  de retiro, con un máximo de quince por ciento(15%).
d) Por  menor superficie  de suelo ocupado que la resultante del
F.O.C. máximo  establecido para  cada caso,  a razón de los diez
(10) metros y con un máximo del diez por ciento (10%).----------

Artículo 37.- A los efectos de establecer la proporcionalidad  -
-------------  para  el  otorgamiento  de  los  incrementos  que
establece el  Artículo 47.  d ela  Ley  N.8.912  el  premio  que
corresponda  por  fracciones  de  valores,  se  fijara  mediante
interposicion lineal(Decreto Reglamentario N. 1.359/78,Art.1.).-

Artículo 38.- Todo pedido de subdivisión en el Area Complemen-
------------- taria  de la  ciudad de Tandil, debera ser acompa-
ñado por  la propuesta  de utilización  que origina el mismo. La
subdivisión mínima  en esta  Area Complementaria sera de una (1)
hectárea. La  aprobación estará  sujeta al criterio de la Direc-
ción de Planeamiento Municipal.---------------------------------

Artículo 39.- La presente Ordenanza comenzara a regir a partir-
------------- del 2 de enero de 1980.---------------------------

Artículo 40.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza la
------------- siguiente  documentación  que  se  adjunta  en  el
Expediente N.  4110-564/79: Memoria  (fs.  3  a  8);  plano  del
Partido de  Tandil (fs.32);  Plano de Delimitación de Areas (fs.
33); Plano  de Delimitación  de Area  localidad de Maria Ignacia
(fs.34); Plano  de Delimitación de Area localidad de Gardey (fs.
35); Plano  de Delimitación  Zona Industrial  (fs.36); Plano  de
Delimitación Zonas  en  Area  Urbana  de  la  ciudad  de  Tandil
(fs.37); Plano  de Servicios  (fs.38); Plano de Espacios Verdes,
Terrenos fiscales y municipales (fs.39); Planilla de indicadores
Urbanísticos (fs. 40) y planilla de Areas Verdes (fs.41).-------

Artículo 41.- Esta  Ordenanza  constituye  la  Primera Etapa del
------------- proceso  de Planeamiento  físico  del  Partido  de
Tandil, de acuerdo con las disposiciones emanadas de la Ley N.
8.912.----------------------------------------------------------

Artículo 42.-  Derogase toda otra disposición que se oponga a la
------------- la presente.--------------------------------------

Artículo 43.- Regístrese...
-------------