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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los pro-
pietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmue-
bles beneficiados por la ejecución de la extensión de la
Red de Agua por el sistema de Costo Cubierto en las calle
Langueyú al 1100 (entre Maritorena y Magallanes), ambas
veredas, cuadra incompleta, de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El costo total de la obra a que se refiere
el artículo anterior será abonado en su totalidad por los
Sres. Cristina Anabella CREVECOEUR -DNI Nº 31.708.187-,
Carolina Anahí CREVECOEUR -DNI Nº 30.229.383- y Mario Ga-
briel CREVECOEUR -DNI Nº 35.774.591-, de acuerdo al con-
trato firmado a fojas 8 del Expediente Nº 2583/2015.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el siste-
ma de Costo Cubierto, no pudiendo la Empresa Contratista,
una vez finalizada la obra, presentar Certificados de
Deuda de los inmuebles afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: La empresa a cargo de la obra deberá reacon-
dicionar el espacio a intervenir, siendo su obligación
dejarlo en iguales condiciones que antes de comenzar la
obra. En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá
realizar los trabajos necesarios directamente o adjudi-
carlos a terceros, todo ello con cargo a la empresa eje-
cutante de la obra mencionada en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 5º: El pago de la obra podrá efectuarse al con-
tado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en
el Artículo 45º de la Ordenanza Nº 1.772/73 y en la Orde-
nanza Nº 6.361/94.
ARTÍCULO 6º: Una vez producida la Recepción Provisoria de
Obra, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y
Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la
obra a los inmuebles pertinentes.
ARTÍCULO 7º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SEP-
TIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

Registrada bajo el Nº 14917

Asunto Nº 675/15             Expte. Nº 2583/15



Diego A. Palavecino                 Dr. Juan P. Frolik
Secretario del H.C.D.               Presidente del H.C.D.








              REF: Asunto Nº 675/15  Expte. Nº 2583/15