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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Ley Provincial Nº 14783 que
establece para la administración pública la obligatorie-
dad de ocupar en una proporción no inferior al 1% de su
personal travestis, transexuales y transgénero que reúnan
las condiciones de idoneidad con el fin de promover la
igualdad real de oportunidades en el empleo público.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL
DE DOS MIL DIECISIETE.

Registrada bajo el Nº 15637

Asuntos Nº 698/16            Expte. Nº 15644/16



Diego A. Palavecino                Dr. Juan P. Frolik
Secretario del H.C.D.              Presidente del H.C.D.








             REF: Asunto Nº 698/16   Expte. Nº 15644/16 7 7