EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Ley Provincial Nº 14783 que
establece para la administración pública la obligatorie-
dad de ocupar en una proporción no inferior al 1% de su
personal travestis, transexuales y transgénero que reúnan
las condiciones de idoneidad con el fin de promover la
igualdad real de oportunidades en el empleo público.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL
DE DOS MIL DIECISIETE.
Registrada bajo el Nº 15637
Asuntos Nº 698/16 Expte. Nº 15644/16
Diego A. Palavecino Dr. Juan P. Frolik
Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D.
REF: Asunto Nº 698/16 Expte. Nº 15644/16 7 7