La ordenanza que adhería a la ley nacional fue modificada para enriquecerla con los contenidos aportados por la ley provincial. Se arribó a un consenso mayoritario entre los proyectos del oficialismo y la oposición. El Municipio implementará las capacitaciones con apoyo y supervisión de un consejo asesor.
Tras meses de arduo trabajo en comisión el Honorable Concejo Deliberante sancionó el jueves un proyecto que introduce modificaciones medulares a la ordenanza 16.463. Esta norma es la referencia local para la implementación de la Ley Micaela.
Así, se dio el paso decisivo hacia la efectiva puesta en marcha del programa de capacitación obligatoria en género para el personal de los tres poderes del Estado.
Será autoridad de aplicación la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual municipal, que deberá́ establecer convenios y articular con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación y el Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, en función de las certificaciones de calidad de las capacitaciones que se elaboren e implementen.
La ordenanza prevé asimismo la incorporación de instituciones y organizaciones al circuito de capacitación, en la forma de un consejo asesor que tendrá facultades amplias para intervenir en la aplicación de la ley.
En este consejo asesor estarán representados la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires; el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil; la Mesa Intersectorial contra la Violencia Familiar y de Género; el Sistema Integrado de Salud Pública; los bloques políticos del Honorable Concejo Deliberante; la Dirección de Recursos Humanos del Municipio y la Dirección de Políticas de Género y Diversidad Sexual de la comuna.
Entre las responsabilidades del área a cargo de la implementación se cuenta la elaboración de contenidos curriculares de las capacitaciones y contenidos específicos en gestión con perspectiva de género.
También deberá establecer los términos, modos y formas de implementación en cada ámbito, elaborar sus actualizaciones periódicas y dictar las capacitaciones.
Su actuación deberá ser transparente, de acuerdo a lo prescrito por la ordenanza. En ese sentido deberá́ brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones. Asimismo, se realizarán evaluaciones sobre el impacto de las capacitaciones realizadas.
Arribar a la ordenanza requirió meses de trabajo hasta alcanzar puntos de encuentro, debido a que los proyectos tenían múltiples coincidencias así como notorias disidencias. Finalmente se logró una síntesis y la aprobación de la ordenanza por unanimidad, salvo un artículo votado por mayoría.
CAMINO RECORRIDO
La Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado fue sancionada en diciembre de 2018. Luego, esa ley nacional 27.499 tuvo sus réplicas a nivel provincial y municipal, con la sanción de la Ordenanza 16.463 de marzo de 2019.
La norma local adhiere a la Ley Nacional y establece una serie de pautas a seguir para su implementación, teniendo en cuenta la adaptación del contenido a la realidad local.
Por su parte, la Ley Provincial enriquece la normativa nacional, dando una serie de pautas para que tengan en consideración los municipios de la provincia de cara a una implementación adecuada de la Ley Micaela.
En esa línea, correspondía adaptar el texto local a las nuevas consideraciones que se efectúan con la normativa provincial al considerar que vienen a enriquecer el marco general de la Ley Micaela.